Depósito por daños reembolsable
Para responder con el pago inmediato de las sumas dinerarias y demás cargas y hasta la restitución del INMUEBLE LOCADO y pago de todas las obligaciones a su cargo, LA PARTE LOCATARIA entrega a LA PARTE LOCADORA e imputada a depósito en garantía, que no devengará intereses y es recibida en este acto por LA PARTE LOCADORA, sirviendo también el presente de suficiente recibo.